Promoción

Departamento encargado de promover los procesos de conformación de iniciativas empresariales bajo el modelo cooperativo. Además, brinda asesoramiento a las cooperativas de reciente constitución para orientarlas hacia proyectos productivos sostenibles con prácticas ambientales e innovadoras, cohesión e inclusión social. Todo esto, con el aporte de profesionales altamente especializados y comprometidos con la generación de puestos de trabajo e ingresos que mejoren la situación socioeconómica de las personas asociadas, sus familias y el entorno en que se desarrollan. 

El objetivo de Promoción es promover los procesos de conformación de empresas cooperativas inclusivas, con proyectos viables, factibles y necesarios, así como fortalecer las cooperativas existentes de reciente constitución, que generen nuevos puestos de trabajo con implicación en sus territorios y articulados en redes que potencian capacidades y oportunidades en sus habitantes. 

Brinda asesoramiento a las cooperativas de reciente constitución, en apego a las regulaciones contenidas en el marco jurídico costarricense, para orientarlas hacia proyectos productivos sostenibles con prácticas ambientales e innovadoras, cohesión e inclusión social. 

Es importante mencionar que se trabaja en todas las regiones del país, además que promovemos el trabajo interinstitucional a través de redes de trabajo con diversos sectores como Gobiernos Locales, Sector Público, Sector Educativo y empresas de la Economía Social Solidaria.

Si usted y un grupo de personas afines están en busca de una oportunidad para desarrollar su proyecto productivo, cuentan con una idea emprendedora y desean ser los dueños de su propia empresa para generar desarrollo justo y solidario, entonces ustedes cumplen con los requisitos para formar su empresa cooperativa. 

Pasos Creación Cooperativa

El grupo pre cooperativo es ese grupo de personas interesadas en formar una cooperativa. La idea de crear la cooperativa surge cuando un grupo de personas identifica una actividad productiva para desarrollar en conjunto, permitiendo resolver necesidades sociales, económicas y culturales comunes de sus asociados, o bien identifiquen una oportunidad para desarrollar un proyecto productivo. 

Para la formación de una cooperativa el grupo interesado debe verificar lo siguiente: 

  • Que exista una idea productiva o un proyecto concreto a ejecutar. 
  • Que exista un verdadero interés de organizarse y que tengan un verdadero vínculo común que permita la cohesión del grupo.
  • Que los interesados estén dispuestos a realizar aportes económicos a la cooperativa para concretar su proyecto productivo.
  • Que esté conformado por un mínimo de 8 personas para cualquier tipo de cooperativa.
  • Que este dispuesto a realizar aportes económicos a la cooperativa para concretar su proyecto productivo.

Adjunto Formulario 1 de solicitud de información

Para la formación de un organismo de segundo grado debe tomar en cuenta lo siguiente:

Las organizaciones auxiliares del cooperativismo, que se integra por personas jurídicas que se constituyen con el objeto exclusivo de incrementar y desarrollar el sector cooperativo, mediante la prestación de servicios técnicos, financieros, económicos, sociales, educativos, de auditoría y de investigación. (art.95, LAC)

  • Unión:

 

No se podrá formar una Unión Cooperativa con menos de cinco cooperativas de diferente clase.

 

  • Federación:

 

No se podrá formar una federación con menos de cinco cooperativas de la misma clase

 

  • Consorcio Cooperativo:

 

Se podrán constituir Consorcios Cooperativos, siempre y cuando se cumpla con al menos uno los siguientes casos:

 

  • Dos o más cooperativas.
  • Una o más cooperativas e instituciones del Estado.
  • Con una o más cooperativas y organizaciones privadas sin fines de lucro

 

Adjunto:

Formulario 2 si desea constituir Uniones o Federaciones de cooperativas

Formulario 3 si desea constituir organismos auxiliares del cooperativismo (Consorcios Cooperativos).

 

ACERCAMIENTO AL INFOCOOP:

El INFOCOOP brinda una guía de los pasos que debe seguir para conformar e inscribir su cooperativa. Si usted está interesado en conformar o crear su propia empresa el INFOCOOP le brinda el acompañamiento técnico y asesoría en este proceso sin ningún costo. Incluso puede solicitar una Reunión de Información.

Debe enviar el formulario al correo electrónico: promocion@infocoop.go.cr o entregarlo en nuestras oficinas centrales o las oficinas del Edificio Cooperativo en San Pedro.

Una vez analizado el formulario de información remitido por el grupo precooperativo, la gerencia de Promoción asignará un ejecutivo(a), quien se encargará de asesorar y acompañar al grupo.

En caso de que el grupo no requiera el acompañamiento del INFOCOOP, éste deberá presentar el Estudio de Posibilidades Viabilidad y Utilidad y/o Estudio de Factibilidad; estarán igualmente obligados a someter el documento para revisión y visto bueno del departamento de Promoción y la Dirección Ejecutiva.

 

Además, deberán presentar la constancia de la existencia del 25% del capital social inicial.

 

Descargar: Formulario Entrega de información de documentación sin acompañamiento 

 

Las labores del ejecutivo de Promoción consistirán en:

a. Verificar que el grupo cumpla con el número mínimo de integrantes según aprobación de la Ley N°10451, que permite la creación de cooperativas con un mínimo de 8 personas, mediante la reforma de varios artículos de la Ley N°4179 y sus reformas. Para cooperativas de gestión, autogestión y cogestión

b. Coordinar espacios de reunión con el grupo interesado para brindar información del modelo cooperativo y los pasos de constitución e inscripción.

c. Verificar que el grupo pre cooperativo tiene una necesidad, problema u oportunidad que puede ser solucionado con una empresa cooperativa, que existe un vínculo común entre los miembros, que tienen un proyecto viable,

d. Acompañamiento para la elaboración del Estudio del Estudio de Posibilidad, Viabilidad y Utilidad y/o Estudio de Factibilidad, según corresponda, utilizando para ello las guías para la elaboración. En este aspecto, se brinda una orientación, pero la elaboración del mismo es responsabilidad del grupo pre cooperativo.

e. Brindar asesoramiento para la elaboración del Estatuto de la Cooperativa.

f. El ejecutivo asignado y la gerencia de Promoción deberán revisar y brindar visto bueno al Estudio de posibilidad, viabilidad y utilidad y/o Factibilidad, a fin de que la Dirección Ejecutiva emita recomendación de inscripción de la cooperativa.

g. Verificar que de previo a la asamblea constitutiva, el grupo haya recaudado al menos el 25% del capital social inicial acordado en el Estudio de posibilidad, viabilidad y utilidad y/o Factibilidad y el Estatuto.

h. Instruir al grupo con las pautas correctas para que realicen la Asamblea Constitutiva.

i. Brindar espacios de fortalecimiento a la base asociativa y los Órganos sociales.

j. Se brinda el acompañamiento de inscripción y formalización a la cooperativa de reciente constitución.

k. Aplicar diagnóstico de fortalecimiento empresarial a la cooperativa de reciente constitución para referencia institucional.

Independientemente de que el grupo o las cooperativas que deseen constituir organismos de segundo grado y que no requiera o no solicite acompañamiento del INFOCOOP esté deberá entregar al departamento de Promoción del INFOCOOP el estudio de Posibilidad, Viabilidad o Utilidad (PVU) o estudio de Factibilidad para su respectiva revisión y aprobación, lo que incluye los procedimientos especificados en los puntos: a, b, c, e, f, g.

Esta guía se ha elaborado, con el objeto de considerar los aspectos básicos que debe contener el Estudio de Posibilidad, Viabilidad, Utilidad y/o estudio de factibilidad, en adelante denominado Perfil de proyecto, necesarios para la inscripción de un organismo cooperativo según el artículo 32 de la Ley 4179 de Asociaciones Cooperativas.

El perfil de proyecto deberá ser elaborado por el Comité Central Organizador del grupo precooperativo, con los aportes de los integrantes del grupo, es importante aclarar que los ejecutivos del INFOCOOP a cargo brindarán realimentación sobre posibles observaciones y en cuanto el grupo incorpore las modificaciones y ajuste la información, se pone a consideración de la gerencia del departamento para Visto Bueno. Dicho estudio será firmado por el/los representantes responsables de su elaboración; en caso de que haya contado con el apoyo de un profesional para la elaboración del estudio, este también deberá firmar conjuntamente con los representantes.
Este documento reflejará el inicio de operaciones de la cooperativa, así como el compromiso económico y social de los asociados.

Este documento es el instrumento y producto mediante el cual, la futura cooperativa demuestra, documenta y justifica el conjunto de situaciones y vínculos que les permiten conceptualizar y perfilar un proyecto productivo que resuelve las necesidades o problemas comunes de los miembros del grupo, además que minimice algunos riesgos y pueda iniciarlo ante posible con la operación de su proyecto productivo, este documento es una ruta de acción para que la cooperativa inicie su operación.

 

Adjuntar:

Definición y composición del capital social inicial:

El capital social inicial por tratarse de una cooperativa en formación, debe tomarse como el capital semilla para iniciar el proyecto empresarial, lo cual debe ir ajustado a lo que el estudio técnico ha determinado que requiere un grupo cooperativo para empezar a operar empresarialmente.

El capital social une, vincula a los asociados como codueños de la empresa. Al inicio, al momento de asociarse, es requisito clave y obligatorio para ser parte de la cooperativa

 

El departamento de Promoción del INFOCOOP verificará que previo a la asamblea constitutiva se haya recaudado al menos el 25% del capital social inicial acordado en el Estudio de Posibilidad, Viabilidad y Utilidad y el Estatuto, en la cuenta bancaria de algún miembro del grupo (como se verá en el siguiente paso).

El Comité Central de Organización tomará los documentos facilitados por INFOCOOP para ajustarlos, según el tipo de cooperativa que se va a formar. 

El Departamento brinda el acompañamiento para la elaboración de los Estatutos, se cuenta con plantillas que se entregan a los Grupos como guía para la elaboración de los Estatutos.

Adjunto: Machote de elaboración de estatuto social. 

Los estatutos son el conjunto de reglas de derecho establecidas por los asociados (as) que organizan la vida del ente, fijan sus derechos y obligaciones y la de los órganos sociales y regulan el funcionamiento, disolución y liquidación de la entidad.

En el Estatuto estarán consignadas las disposiciones más importantes de la organización, por lo que es necesario invertir tiempo y esfuerzo en su elaboración. Es imprescindible que éste resulte del trabajo del grupo.

Socializar la alternativa de proyecto y la propuesta del estatuto social con todos los asociados (as).

Descargue el Estatuto que necesite según su tipo de cooperativa:

Cooperativa de Gestión (Tradicional)

Cooperativa de Autogestión

Cooperativa de Ahorro y Crédito

Organismo de Integración​​​​​​​

Una vez completadas satisfactoriamente las fases anteriores, El ejecutivo (a) ofrecerá un espacio al Comité Central de Organización para brindar información sobre la logística de la asamblea constitutiva.

Adjunta: Manual logística.

1. Realización de la asamblea constitutiva

En esta asamblea deberán participar todas las personas interesadas en formar la cooperativa y las mismas que se encuentran consignadas en el Estudio de posibilidad, viabilidad y utilidad y/o Estudio de Factibilidad.

En la Asamblea participarán con voz y voto todos los futuros asociados y asociadas. Los participantes deberán haber estudiado previamente la propuesta de Estatuto.

En esta asamblea se aprobará la propuesta del Estatuto Social que previamente el Comité Central Organizador ha entregado para su revisión.

Se conoce por parte de todos los miembros del grupo el Estudio de posibilidad, viabilidad y utilidad y/o Estudio de Factibilidad.

Nombramiento de los órganos sociales.

Adjunto: Manual de logística de Asamblea constitutiva

En este punto es relevante recordar que solo podrán participar de la Asamblea Constitutiva aquellos asociados (as) que hayan cancelado el 25% del capital social suscrito y la cuota de admisión.

La Asamblea deberá realizarse en estricto apego a la agenda planteada. De esta Asamblea debe resultar el Acta Constitutiva, documento en el que se hace legal la constitución de la cooperativa, la cual deberá ser autenticada por un abogado/a. Como resultado de esta Asamblea se elige el Consejo de Administración el cual asume a partir de este momento la conducción de la cooperativa, éste será el responsable de la debida inscripción y administración de la cooperativa.

Descargue aquí Manual de Desarrollo de Asamblea Constitutiva

2. Primeras sesiones del Consejo de Administración, Comité Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social

Se recomienda que se realice la primera sesión de integración de los órganos sociales, una vez finalizada la asamblea constitutiva.

Como parte del acompañamiento del departamento de promoción. 

Se adjunta el Manual de Desarrollo de Asamblea Constitutiva

Luego de la Asamblea Constitutiva se realizarán al menos tres reuniones por separado. Los/as integrantes del Comité de Vigilancia se reunirán para elegir entre ellos /as  los cargos de presidente/a, vicepresidente/a y secretario/a, así como la vigencia de los cargos, según lo establezca el Estatuto.

Lo mismo hará el Comité de Educación y Bienestar Social. Igualmente, se reunirá el Consejo de Administración y elegirá presidente, vicepresidente, secretario/a  y dos vocales, definiendo la vigencia de los cargos, según lo establezca el Estatuto.

Durante la sesión de integración del Consejo de Administración se designará un/a Gerente, quien puede ser un asociado que no pertenezca a los órganos sociales bien una persona externa a la cooperativa.

 

Trámites de solicitud de recomendación ante el INFOCOOP

Entrega de documentos a Promoción

 

  1. Estudio de Posibilidad, Viabilidad y Utilidad y/o Estudio de Factibilidad (firmada por la o las personas que lo elaboraron)
  2. La certificación del 25% del capital Social Inicial.
  3. Nómina de capital suscrito y pagado (firmado y autenticado por abogado)
  4. Declaración jurada (firmado y autenticado por abogado)
  5. Certificación del ente bancario
  6. Carta firmada por el o la gerente dirigida a la gerencia de Promoción donde hace constar la entrega de la documentación.

Adjunto Manual post asamblea constitutiva

Con la entrega de la documentación anterior, el departamento de Promoción, procederá a revisar y posterior a recomendar a la Dirección Ejecutiva de la institución la certificación de visto bueno del Estudio de Posibilidad, Viabilidad y Utilidad y/o Estudio de Factibilidad y certificación de existencia del 25% del capital social inicial.

Sí el grupo desea una revisión previa de los documentos a entregar al MTSS, pueden remitir los siguientes documentos:

  • Estatuto aprobado en asamblea (firmado y autenticado por abogado)
  • Acta constitutiva (firmado y autenticado por abogado).
  • Acta de la primera sesión del Consejo de Administración y Comités (firmado y autenticado por abogado).

Trámites de solicitud de inscripción ante el MTSS.

Entrega de documentos al Ministerio de Trabajo

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) es la instancia encargada de inscripción de la cooperativa y de emitir el número de resolución y las certificaciones de personerías jurídicas.

Se debe presentar ante el Dpto. de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la siguiente documentación:

  1. Solicitud de inscripción firmada por la gerencia.
  2. Copia del acta de la asamblea constitutiva firmada
  3. Aportar copia del Estatuto aprobado por la asamblea, firmado por la gerencia de la cooperativa.
  4. Copias de las actas de las sesiones de Integración del Consejo de Administración y los Comités de Educación y de Vigilancia, firmadas por la gerencia.
  5. Calidades de los miembros de los órganos sociales
  6. Nómina de asociados con capital suscrito y pagado, firmada por el gerente.
  7. Certificación emitida por el INFOCOOP, acerca de la existencia del 25% del capital social, de conformidad con el artículo 32, de la Ley de Asociaciones Cooperativas. En las cooperativas de autogestión una certificación de la entidad pública donde conste la tenencia cierta del recurso de que se trate.
  8. Certificación del INFOCOOP, en la que emitan el criterio técnico sobre el Estudio de posibilidad, viabilidad y utilidad y/ o factibilidad o de la Comisión Permanente de Cooperativas de Autogestión (CPCA cuando son cooperativas autogestionarias.
  9. En el caso de cooperativas de ahorro y crédito y de organismos de grado superior de esta clase deben aportar la autorización de la SUGEF cuando corresponda, ya sea para trámites de constitución o reformas estatutarias. (Ley de Regulación de la Actividad de Intermediación Financiera de las Organizaciones Cooperativas Nº 7391, artículo 48).
  10. Señalar lugar o medio para atender notificaciones.

En el caso de existir un error material dentro de la documentación presentada para la inscripción.

El MTSS emitirá una prevención con las observaciones respectivas. En caso contrario emitirá la resolución de inscripción de la cooperativa.

Solicitud de personería jurídica ante el MTSS

El gerente de la cooperativa, deberá solicitar al Organizaciones Sociales la personería jurídica de los órganos sociales y gerencia de la cooperativa.

Esta solicitud se realiza por correo electrónico al MTSS o bien desde el sitio web de ese Ministerio.

Gestión de la cédula jurídica

El/la Gerente debe gestionar la cédula jurídica de la cooperativa ante el Departamento de Cédulas Jurídicas del Registro Nacional. Junto con la certificación de la personería jurídica del Gerente debe aportar una carta, autenticada por un abogado/a, donde solicite por primera vez la cédula.

Posterior, el gerente debe dirigirse al departamento de Organizaciones sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, MTSS para solicitar las personerías jurídicas con cédula jurídica incluida; para esto pueden ingresar a la página web del MTSS

Adjunto: Formato a entregar en el registro público.

Tramite de la póliza de fidelidad en cumplimiento al Artículo 53 de la LAC La cooperativa deberá pagar una póliza de fidelidad que cubra a los empleados que manejan fondos de la asociación, por la suma que en cada caso señale el consejo de administración.

Proceso de legalización de libros ante Supervisión Cooperativa del Infocoop

En caso de que los libros sean en físico:

 

  • Copia de póliza de fidelidad
  • Copia de la cédula jurídica
  • Comprar en una librería o utilizar el machote adjunto para llevarlos con levantamiento digital: Libros contables (Mayor, Diario, Inventaros y Balances)
  • Comprar en una librería o utilizar el machote adjunto para llevarlos con levantamiento digital: Libro de Actas  el  cual  será  para la Asamblea
  • Comprar en una librería o utilizar el machote adjunto para llevarlos con levantamiento digital: Libro de Actas el cual será para del Consejo de Administración
  • Comprar en una librería o utilizar el machote adjunto para llevarlos con levantamiento digital: Libro de Actas el cual será para el Comité de Vigilancia
  • Comprar en una librería o utilizar el machote adjunto para llevarlos con levantamiento digital: Libro de Actas el cual será para el Comité de Educación y Bienestar Social
  • Registro Permanente de Asociados (una hoja por asociado, así mismo llevar hojas adicionales para futuros asociados), se adjunta machote.
  • Copia del estatuto social completo, registrado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
  • Copia del Acta de la Asamblea Constitutiva.
  • Copia de la certificación de personería jurídica extendida por el  Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de las siguientes figuras administrativas: Gerente, Consejo de  Administración,  Comité  de  Vigilancia y Comité de Educación y Bienestar Social
  • Completar la boleta adjunta denominada Boleta para legalización de libros.

En caso de que los libros sean digitales:

 

  1. El acuerdo del consejo de administración firmado por presidente y secretario respectivo.
  2. El oficio de la Gerencia de la Cooperativa solicitando el trámite.
  3. Declaración jurada, del representante legal del organismo cooperativo en la cual se declare contar con los sistemas informáticos óptimos para el resguardo, protección, custodia, vigilancia,            adecuado almacenamiento y seguridad de las actas y de la información que contenga tanto legal como contable.
  4. El formulario “Solicitud de legalización digital de libros ante Supervisión Cooperativa”. El cual está disponible en la página WEB del INFOCOOP en el Departamento de Supervisión Cooperativa.
  5. Supervisión                 Cooperativa entregará formalmente mediante oficio el número de autorización para los libros legales al solicitante.
  6. Los diferentes libros de actas y contables para que manipulen con logo y otros de imagen de la cooperativa, (se adjunta machote): El organismo cooperativo incorporará en el borde superior derecho de cada folio el número de  autorización  de  legalización otorgado por Supervisión.
  7. Cabe indicar que para contar con libros digitales todos los miembros de los órganos sociales de la Cooperativa deben contar con firma digital.

 

Cualquier información adicional puede consultar a la Sra. Viviana Cortés en el departamento  de        Supervisión Cooperativa, en el teléfono 2256-2944 extensión 2351, o bien al correo vcortes@infocoop.go.cr

Adjunto: Solicitud de legalización y machote de libros de actas y contables

Apertura de cuenta bancaria de la cooperativa, inscripción ante la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS, inscripción en el Ministerio de Hacienda otros servicios, el gerente será el responsable de la realización de los trámites respectivos y deberá apersonarse a estas instituciones para que se le asesore. Deben verificar cualquier otro trámite que requieran gestionar ante cualquier otra instancia relacionada con su actividad productiva.

 

Servicios de Fortalecimiento para cooperativas de reciente constitución

El departamento de Promoción ofrece un acompañamiento integrado en el cual ponemos a disposición de las cooperativas de reciente constitución los siguientes espacios, que tienen como fin de fortalecer la base asociativa y órganos sociales de las cooperativas de reciente constitución.

  • Taller Somos Dueños
  • Sesión de Trabajo Consejo de Administración
  • Sesión de Comité de Vigilancia
  • Sesión de comité de Educación y Bienestar Social.

 

Es importante indicar que todos los servicios que se brindan en el proceso de constitución, inscripción y formalización son completamente gratuitos.