El grupo pre cooperativo es ese grupo de personas interesadas en formar una cooperativa. La idea de crear la cooperativa surge cuando un grupo de personas identifica una actividad productiva para desarrollar en conjunto, permitiendo resolver necesidades sociales, económicas y culturales comunes de sus asociados, o bien identifiquen una oportunidad para desarrollar un proyecto productivo.
Para la formación de una cooperativa el grupo interesado debe verificar lo siguiente:
- Que exista una idea productiva o un proyecto concreto a ejecutar.
- Que exista un verdadero interés de organizarse y que tengan un verdadero vínculo común que permita la cohesión del grupo.
- Que los interesados estén dispuestos a realizar aportes económicos a la cooperativa para concretar su proyecto productivo.
- Que esté conformado por un mínimo de 8 personas para cualquier tipo de cooperativa.
- Que este dispuesto a realizar aportes económicos a la cooperativa para concretar su proyecto productivo.
Adjunto Formulario 1 de solicitud de información
Para la formación de un organismo de segundo grado debe tomar en cuenta lo siguiente:
Las organizaciones auxiliares del cooperativismo, que se integra por personas jurídicas que se constituyen con el objeto exclusivo de incrementar y desarrollar el sector cooperativo, mediante la prestación de servicios técnicos, financieros, económicos, sociales, educativos, de auditoría y de investigación. (art.95, LAC)
No se podrá formar una Unión Cooperativa con menos de cinco cooperativas de diferente clase.
No se podrá formar una federación con menos de cinco cooperativas de la misma clase
Se podrán constituir Consorcios Cooperativos, siempre y cuando se cumpla con al menos uno los siguientes casos:
- Dos o más cooperativas.
- Una o más cooperativas e instituciones del Estado.
- Con una o más cooperativas y organizaciones privadas sin fines de lucro
Adjunto:
Formulario 2 si desea constituir Uniones o Federaciones de cooperativas
Formulario 3 si desea constituir organismos auxiliares del cooperativismo (Consorcios Cooperativos).
ACERCAMIENTO AL INFOCOOP:
El INFOCOOP brinda una guía de los pasos que debe seguir para conformar e inscribir su cooperativa. Si usted está interesado en conformar o crear su propia empresa el INFOCOOP le brinda el acompañamiento técnico y asesoría en este proceso sin ningún costo. Incluso puede solicitar una Reunión de Información.
Debe enviar el formulario al correo electrónico: promocion@infocoop.go.cr o entregarlo en nuestras oficinas centrales o las oficinas del Edificio Cooperativo en San Pedro.
Una vez analizado el formulario de información remitido por el grupo precooperativo, la gerencia de Promoción asignará un ejecutivo(a), quien se encargará de asesorar y acompañar al grupo.
En caso de que el grupo no requiera el acompañamiento del INFOCOOP, éste deberá presentar el Estudio de Posibilidades Viabilidad y Utilidad y/o Estudio de Factibilidad; estarán igualmente obligados a someter el documento para revisión y visto bueno del departamento de Promoción y la Dirección Ejecutiva.
Además, deberán presentar la constancia de la existencia del 25% del capital social inicial.
Descargar: Formulario Entrega de información de documentación sin acompañamiento
Las labores del ejecutivo de Promoción consistirán en:
a. Verificar que el grupo cumpla con el número mínimo de integrantes según aprobación de la Ley N°10451, que permite la creación de cooperativas con un mínimo de 8 personas, mediante la reforma de varios artículos de la Ley N°4179 y sus reformas. Para cooperativas de gestión, autogestión y cogestión
b. Coordinar espacios de reunión con el grupo interesado para brindar información del modelo cooperativo y los pasos de constitución e inscripción.
c. Verificar que el grupo pre cooperativo tiene una necesidad, problema u oportunidad que puede ser solucionado con una empresa cooperativa, que existe un vínculo común entre los miembros, que tienen un proyecto viable,
d. Acompañamiento para la elaboración del Estudio del Estudio de Posibilidad, Viabilidad y Utilidad y/o Estudio de Factibilidad, según corresponda, utilizando para ello las guías para la elaboración. En este aspecto, se brinda una orientación, pero la elaboración del mismo es responsabilidad del grupo pre cooperativo.
e. Brindar asesoramiento para la elaboración del Estatuto de la Cooperativa.
f. El ejecutivo asignado y la gerencia de Promoción deberán revisar y brindar visto bueno al Estudio de posibilidad, viabilidad y utilidad y/o Factibilidad, a fin de que la Dirección Ejecutiva emita recomendación de inscripción de la cooperativa.
g. Verificar que de previo a la asamblea constitutiva, el grupo haya recaudado al menos el 25% del capital social inicial acordado en el Estudio de posibilidad, viabilidad y utilidad y/o Factibilidad y el Estatuto.
h. Instruir al grupo con las pautas correctas para que realicen la Asamblea Constitutiva.
i. Brindar espacios de fortalecimiento a la base asociativa y los Órganos sociales.
j. Se brinda el acompañamiento de inscripción y formalización a la cooperativa de reciente constitución.
k. Aplicar diagnóstico de fortalecimiento empresarial a la cooperativa de reciente constitución para referencia institucional.
Independientemente de que el grupo o las cooperativas que deseen constituir organismos de segundo grado y que no requiera o no solicite acompañamiento del INFOCOOP esté deberá entregar al departamento de Promoción del INFOCOOP el estudio de Posibilidad, Viabilidad o Utilidad (PVU) o estudio de Factibilidad para su respectiva revisión y aprobación, lo que incluye los procedimientos especificados en los puntos: a, b, c, e, f, g.